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Decreto 1172/03
Hoy miércoles 13 de junio fui a dar una conferencia sobre “Responsabilidad Civil de los Medios de Comunicación”. Quería comentar el Decreto 1172/03 de acceso a la información (BO, 4-12-2003). Es un decreto importante porque permite conocer los actos de gobierno y es una manera de dar transparencia a los mismos. Es un derecho contemplado en los Tratados de Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional.
Este decreto prevé, entre otras cosas importantes, el acceso libre y gratuito via internet a la edición del Boletín Oficial de la Nación.
Como había olvidado en la oficina un ejemplar impreso de este decreto recurrí a internet, tal como se señala en el párrafo anterior. Al hacerlo me encuentro que para el acceso “gratuito” tengo que pagar entre $ 200 y $ 400.- según la sección de que se trate. ¿Qué tiene de gratuito?.
Se acompaña lo que dice el Boletín Oficial.
Suscripción al Boletin Oficial: Consulte presupuestos
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El Boletín Oficial se edita en papel y en versión electrónica (on line), en tres secciones:
Edición en papel
Primera Sección: Legislación y Avisos Oficiales.
Segunda Sección: Sociedades Comerciales y Edictos Judiciales.
Tercera Sección: Licitaciones y Contrataciones.
El Precio de la Suscripción Anual de cada una de las secciones impresas (papel), responde a los siguientes valores:
1a. Sección $ 200,00
2a. Sección $ 285,00
3a. Sección $ 300,00
Edición Electrónica (On line): NUEVO!!!
La edición digitalizada de la 1a.; 2a. y 3a. Sección, puede consultarse a través de Internet, indicando Website: www.boletinoficial.gov.ar. El Servicio Gratuito permite visualizar, el ejemplar del día en sus tres secciones en la modalidad paginada con las novedades del dia y/o solicitando el archivo PDF completo, previo completar el formulario recibira via mail el link con el PDF del dia. Además se encuentran los Anexos que no se publican en el Boletín, desde Diciembre de 2003 a la fecha. En el servicio arancelado estos pueden consultarse tambien.
El Boletín Oficial ofrece su acceso durante las 24 horas, actualizándose con la edición del día. Una vez que obtiene las imágenes, se pueden imprimir, convertir a texto o insertar, como gráfico, en un procesador de textos. El NUEVO SITIO cuenta como Novedades para el Servicio Arancelado: Base Datos con buscador por Palabra o por Fecha en las tres secciones Buscador Base Datos de 1ra seccion Legislación con incorporación de la legislación Relacionada. Sistema de Alertas Tematica con historial de búsquedas realizadas, disponible para la 1ra y 2da sección. Solicitud de PDF por Fecha. (Hasta tanto se reglamente su Arancelamiento queda libre de consumos de PDF). Ademas el Usuario cuenta con el Historial de Consumos con el PDF del dia solicitado para la descarga, a su disposición para levantar y abrir sin que le provoque gastos de creditos en sus PDF asignados. El servicio incluye un soporte para instalación del sistema durante todo el período de suscripción. Pueden solicitarse demostraciones del servicio en la Sede Central: Suipacha Nro. 767 de esta Capital federal, en el horario de 11,30 a 16,00, horas. Para toda consulta sobre el particular comunicarse con: suscripciones@boletinoficial.gov.ar
Los aranceles anuales de la edición electrónica (on line) son los siguientes:
Primera Sección: $ 400,00 hasta 280 ejemplares. Acceso a la Base de Datos desde Enero del año 1895.
Segunda Sección: $ 400,00 hasta 280 ejemplares. Acceso a la Base de datos desde Enero del año 1962
Tercera Sección: $ 200,00. Últimos cinco (5) ejemplares: acceso libre y gratuito. Acceso a la Base
de Datos : desde desde Octubre del año 2000.
Utilizados los 280 ingresos, antes del vencimiento, deberá solicitar la pertinente renovación. Si no alcanzó a utilizarlos, hasta la fecha de vencimiento, tomará igual recaudo de renovación, para tener derecho a utilizar el servicio.
Colección CDs de la Sección Legislación y Avisos Oficiales de los años 1998; 1999; 2000; 2001; 2002; 2003: 2004 y 2005: $ 30,00 cada uno
Año 2006 Próximo a editarse
Requisitos para contratar el servicio:
– Domicilio, localidad, Código Postal, Teléfono y/o Fax, Actividad, E-Mail.
– Indicar nombre del responsable del password (en caso de optar por la WEB).
– Indicar quien recibirá el ejemplar (persona u oficina).
– Presentar fotocopia del CUIT.
Requerimiento del Servicio y Forma de Pago:
Los usuarios privados podrán requerir los distintos servicios de la D.N.R.O. (publicación de avisos, suscripciones, etc.) en las distintas Sedes habilitadas, debiendo abonar, previamente, en efectivo, la prestación correspondiente. Si el pago se realiza mediante cheque, este debe ser emitido a la orden de : Fondo Cooperador Ley Nro. 23412 no a la orden. Los pagos realizados por transferencias bancarias deberán concretarse a través de la cuenta corriente del Banco de la Nación Argentina — Suc. 0050 — Congreso — número 96383/35.
CUIT 30–50010631-6 CBU 01100129–20000096383355 (cuyo comprobante deben faxear a la oficina de suscripciones en sede central)
En las Sedes de Suipacha Nro. 767 — Cap. Fed. (Central) y en la de Libertad Nro. 469 — Cap. Fed. (Tribunales), pueden realizarse pagos utilizando la tarjeta de Débito (Posnet).
Para toda consulta dirigirse a: Dirección Nacional del Registro Oficial — Área de Suscripciones: Tel –Fax (011) 4322–4055 y líneas rotativas (Int. 318/323/328).
SEDES de la D.N.R.O.Y HORARIOS de atención:
Sede Central: Suipacha Nro. 767.….….….….….….….….…… — L a V de 11.30 a 16.00 horas.
Del. Tribunales: Libertad 469 .….….….….….….….….….….… — L a V de 08.30 a 14.30 horas. ENERO CERRADO
Del. Col. Abogados: Av. Corrientes 1441 .….….…… — L a V de 10.00 a 15.45 horas. ENERO DE 9 A 13:30 HS
Del. Inspección Justicia: Moreno 251.….….….….….….….…. — L a V de 09.30 a 12.30 horas. ENERO CERRADO
Autor: Bernardo Nespral
Ex-Juéz de la Nación
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Soy estudiante, y generalmente debo hacer investigaciones haciendo referencia a diferentes normas que …como por arte de alguna magia no solo no estan en la web del boletin sino que hay que aproximarse a la sede y abonar alli un arancel para obtener una norma que paradojicamente se supone que todos los cuidadanos debemos conocer nuestras leyes y no adeherirnos jamas a la idea de que desconocemos las mismas al estar publicadas en el boletin…entonces..si ademas se arancelan ¿ que ocurre con aquellas personas que quieren tener acceso a las normas y ademas tiene pocos recursos? Es Argentina. Una lastima esta respuesta.
Liliana