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	<title>Comments on: ¿En  dónde  están,  señores  legisladores?</title>
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	<description>Periodico Digital</description>
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		<title>By: Julio Martín Méndez Peralta Ramos</title>
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		<dc:creator>Julio Martín Méndez Peralta Ramos</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Sep 2008 23:20:58 +0000</pubDate>
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		<description>¡Por fin alguien que dice las cosas como son y que la mayoría las ignora porque no han sido educadas o no les interesa, especialmente a nuestros empleados del Congreso! Felicitaciones al autor.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¡Por fin alguien que dice las cosas como son y que la mayoría las ignora porque no han sido educadas o no les interesa, especialmente a nuestros empleados del Congreso! Felicitaciones al autor.</p>
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		<title>By: Matilde del Carmen Masats</title>
		<link>http://www.lahistoriaparalela.com.ar/2008/09/12/%c2%bfen-donde-estan-senores-legisladores/comment-page-1/#comment-80099</link>
		<dc:creator>Matilde del Carmen Masats</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 14 Sep 2008 21:52:47 +0000</pubDate>
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		<description>Excelente articulo, comparto lo escrito por Raquel y Horacio. Se mostraron para la Ley 125 y despues a descansar.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Excelente articulo, comparto lo escrito por Raquel y Horacio. Se mostraron para la Ley 125 y despues a descansar.</p>
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		<title>By: Raquel y Horacio</title>
		<link>http://www.lahistoriaparalela.com.ar/2008/09/12/%c2%bfen-donde-estan-senores-legisladores/comment-page-1/#comment-79841</link>
		<dc:creator>Raquel y Horacio</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Sep 2008 15:20:16 +0000</pubDate>
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		<description>Prudencio: ¿es ignorancia o corrupción? 

Los legisladores también están comprendidos en el art. 16 CN, que sostiene que todos los habitantes de la nación argentina son admisibles en los empleos &quot;sin otra condición que la idoneidad&quot;. Nadie nace sabiendo leyes, pero quienes se postulan para los cargos en el Congreso de la Nación o legislaturas provinciales deben prepararse para ser idóneos, pues esos cargos son EMPLEOS, es decir, son pagados por la ciudadanía y por lo tanto la idoneidad es una CONDICIÓN EXIGIBLE. 

Ocurren en el país dos fenómenos: 
1. los votantes ignoran quiénes son sus representantes (EMPLEADOS) en el Congreso.
2. los legisladores (EMPLEADOS DE LOS VOTANTES) no solamente no son idóneos para el cargo (desconocen las leyes adrede) sino que además se compran y se venden al mejor postor, sea su propio partido o el partido gobernante. Lo que no hacen es cumplir la voluntad de quienes les pagan el sueldo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Prudencio: ¿es ignorancia o corrupción? </p>
<p>Los legisladores también están comprendidos en el art. 16 CN, que sostiene que todos los habitantes de la nación argentina son admisibles en los empleos “sin otra condición que la idoneidad”. Nadie nace sabiendo leyes, pero quienes se postulan para los cargos en el Congreso de la Nación o legislaturas provinciales deben prepararse para ser idóneos, pues esos cargos son EMPLEOS, es decir, son pagados por la ciudadanía y por lo tanto la idoneidad es una CONDICIÓN EXIGIBLE. </p>
<p>Ocurren en el país dos fenómenos:<br />
1. los votantes ignoran quiénes son sus representantes (EMPLEADOS) en el Congreso.<br />
2. los legisladores (EMPLEADOS DE LOS VOTANTES) no solamente no son idóneos para el cargo (desconocen las leyes adrede) sino que además se compran y se venden al mejor postor, sea su propio partido o el partido gobernante. Lo que no hacen es cumplir la voluntad de quienes les pagan el sueldo.</p>
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