Ley Natural y Ley Positiva Humana

Un aporte a la afir­ma­ción y defensa de la dig­ni­dad de la per­sona humana.

La ley posi­tiva que dicta la auto­ri­dad que gobierna la socie­dad polí­tica, se encuen­tra esen­cial­mente con­di­cio­nada por la ley natural.-

Santo Tomás de Aquino define la ley en gene­ral como la “Orde­na­ción de la razón diri­gida al bien común y pro­mul­gada por quien tiene el cui­dado de la comu­ni­dad”.-

Este enun­ciado no ha sido supe­rado, por cuanto el con­cepto reúne la tota­li­dad de los requi­si­tos exi­gi­dos en orden a la pre­ci­sión de la esen­cia que formula.-

El sujeto de la ley, enton­ces, es el hom­bre, en tanto el único ser racio­nal que, por tal con­di­ción, puede enten­der los uni­ver­sa­les. Es un acto de la razón prác­tica, que tiene por objeto orde­narle hacia el fin que le es debido con­forme su naturaleza.-

Se ha expre­sado que la ley posi­tiva de la comu­ni­dad es: “El man­dato de la auto­ri­dad pública, que manda o prohíbe hacer algo, en un todo con­forme con la jus­ti­cia y para el bien de los gobernados”.-

Se advierte que se han que­rido des­ta­car los con­te­ni­dos axio­ló­gi­cos del pre­cepto, el que, por ello, se cons­ti­tuye en el medio de enun­ciar y afir­mar los valo­res que hacen posi­ble regu­lar la con­ducta del  hom­bre, reco­no­cién­dole la con­di­ción que lo defi­nen como Persona.-

Es por ello que la ley natu­ral debe, nece­sa­ria­mente, cons­ti­tuir el pre­su­puesto de toda ley dic­tada por el hom­bre; por cuanto en aque­lla es posi­ble, única­mente, encon­trar las cali­da­des que hacen a su valor o dignidad.-

El Dic­cio­na­rio de la Len­gua Espa­ñola define lo digno de la siguiente manera: ‘Que merece algo en sen­tido favo­ra­ble o adverso’, y ‘Corres­pon­diente, pro­por­cio­nado al mérito y con­di­ción de una per­sona o cosa’. El Dr. Sacheri escribe que: ‘Digno es lo que tiene valor en sí mismo y por sí mismo’. El valor de la Per­sona no puede sur­gir de su con­si­de­ra­ción como ser única­mente mate­rial. El reco­no­ci­miento de su con­di­ción espi­ri­tual y con­se­cuen­te­mente de su des­tino tras­cen­dente, es lo que hace sur­gir su dig­ni­dad” (Juan Car­los Gri­so­lía. “La Per­sona Humana”. Págs. 146/147).-

El Con­ci­lio Vati­cano II. Gau­dium et Spes, nº 17, dice: “El hom­bre logra esta dig­ni­dad cuando, libe­rado total­mente de la cau­ti­vi­dad de las pasio­nes, tiende a su fin con la libre elec­ción del bien y se pro­cura medios ade­cua­dos para ello con efi­ca­cia y esfuer­zos crecientes”.-

La ley natu­ral no es una crea­ción del hom­bre, sino que la misma –pre­via a su exis­ten­cia– es cono­cida mediante jui­cios prác­ti­cos uni­ver­sa­les (es decir, aque­llos que expre­san con­cep­tos aptos para ser dichos o pre­di­ca­dos de varias cosas), que con­clu­yen sobre la esen­cia del ser humano.-

Sus regu­la­cio­nes son expre­si­vas del orden del uni­verso y, en tanto ellas subor­di­nan a todo hom­bre por el solo hecho de nacer, los hacen obje­ti­va­mente par­tí­cipe de la ley eterna mediante la cual se explica la armó­nica dis­po­si­ción de los com­po­nen­tes de la reali­dad en la que los seres huma­nos esta­mos inser­tos, y en el marco de la cual se nos ha asig­nado un sin­gu­lar y exclu­sivo papel protagónico.-

Esta con­si­de­ra­ción obje­tiva de la ley natu­ral debe com­ple­men­tarse con la vin­cu­la­ción sub­je­tiva a estos pre­cep­tos, que  per­mi­ten cono­cer prin­ci­pios fun­da­men­ta­les que se ins­cri­ben en la natu­ra­leza del ser humano y nos com­pe­len a “hacer el bien y evi­tar el mal”, cuyos con­te­ni­dos a con­si­de­rar sur­gen de una ele­men­tal toma de con­cien­cia de nues­tro pro­pio ser.-

De este pre­cepto se dedu­cen otros que pue­den enun­ciarse como: “Lo que no quie­ras para ti no lo quie­ras para nadie”; “Da a cada uno lo suyo”; “Vive con­forme al dic­ta­men de la recta razón”; “No hagas nada con­tra tu con­cien­cia”; etc. (Confr. Anto­nio Royo Marín. “Teo­lo­gía Moral para Segla­res” Tomo I, pág. 131). Debiendo agre­garse que la igno­ran­cia de estas reglas “es impo­si­ble a cual­quier hom­bre con uso de razón” (Autor y Obra citada. Pág. 131).-

Es ele­men­tal con­cluir en este estado del pre­sente desa­rro­llo que al reco­no­cer al ser humano como sujeto racio­nal, esta­mos afir­mando de él los con­te­ni­dos espi­ri­tua­les que lo defi­nen. Cali­dad ésta que explica la liber­tad de que goza y que se pre­senta como facul­tad que le habi­lita a pre­fe­rir refle­xi­va­mente lo mejor (Confr. Aris­tó­te­les. Su definición).-

Nadie puede negar seria­mente la exis­ten­cia de la ley natu­ral, pues ella es per­ma­nen­te­mente pre­di­cada por todos y cada uno de los datos aprehen­si­bles que nos brinda la reali­dad a la que per­te­ne­ce­mos, y aque­lla que nos es pro­pia. Por eso es que la ley natu­ral puede afir­marse como una evi­den­cia (D.R.A.E.: “Cer­teza clara, mani­fiesta y tan per­cep­ti­ble de una cosa, que nadie puede racio­nal­mente dudar de ella”).-

El sujeto de la ley natu­ral, por tanto, queda defi­nido en su con­di­ción de Per­sona Humana. Y así enton­ces “con la defi­ni­ción que da J. F. Don­cel, se aclara el con­cepto…. ‘La per­sona se define como un indi­vi­duo que posee una natu­ra­leza espi­ri­tual’. Es decir, que debe­mos adver­tir por un lado el carác­ter de ser indi­vi­dual, un ser real. Y por el otro la natu­ra­leza espi­ri­tual, es decir inma­te­rial.- Ya Aris­tó­te­les adver­tía con cla­ri­dad esta dua­li­dad subs­tan­cial­mente unida. El Esta­gi­rita incor­pora el alma al inte­rior de la mate­ria. Aque­lla es ‘por la cual, y en pri­mer tér­mino, vivi­mos, sen­ti­mos, tene­mos el movi­miento y tam­bién el pen­sa­miento’ (del alma: II, 4,14 a)….Esta subs­tan­cia que admite dos esen­cias dis­tin­tas, una mate­rial y otra espi­ri­tual, pero com­pa­ti­ble­mente uni­das, cons­ti­tuye la Per­sona” (Confr. Juan Car­los Gri­so­lía, Ob. Cit. Págs. 19/20/21).-

Todo orden nor­ma­tivo posi­tivo debe reco­no­cer la natu­ra­leza del hom­bre y por tanto su con­di­ción de Per­sona Humana. Ello implica recha­zar la con­di­ción de cosa que se ha que­rido y se quiere asig­narle, como resul­tado de los des­va­ríos pro­pios del racio­na­lismo y las ideo­lo­gías que el mismo ha gene­rado. Entre ellas ateos, mate­ria­lis­tas, pan­teís­tas, etc., que con­si­de­ran al hom­bre un mero ente pro­duc­tor de ener­gía y, por tanto, apro­ve­cha­ble en la medida en que pueda suministrarla.-

Natu­ral­mente que, tales engen­dros de la sub­je­ti­vi­dad, no resis­ten al ser con­fron­ta­dos con la reali­dad. De allí enton­ces el enun­ciado del sofisma o, sen­ci­lla­mente, la reite­ra­ción del absurdo como mani­fes­ta­ción de un enfermo voluntarismo.-

Santo Tomás señala: “Hay, pri­me­ra­mente, en el hom­bre una incli­na­ción hacia un bien, que es el de su natu­ra­leza; incli­na­ción común a todos los seres, pues todos ape­te­cen su pro­pia con­ser­va­ción, según las exi­gen­cias de su pro­pia natu­ra­leza. Corres­pon­dien­te­mente a esta incli­na­ción, es pre­ciso inte­grar la ley natu­ral con todos aque­llos pre­cep­tos que se refie­ren a la con­ser­va­ción de la vida del hom­bre, o que vie­nen a impe­dir los males con­tra­rios a esa vida. Existe una segunda incli­na­ción –hija, asi­mismo, de la natu­ra­leza humana, pero desde el punto de vista en que comu­nica con los demás ani­ma­les– hacia un bien más par­ti­cu­lar, mas con­creto. Con­forme a esta incli­na­ción, per­te­ne­ce­rán a la ley natu­ral todas aque­llas pres­crip­cio­nes que ver­san sobre lo que la natu­ra­leza enseña a todos los ani­ma­les: La pro­crea­ción o per­pe­tua­ción de la espe­cie; la for­ma­ción y crianza de los hijos, y otras de esta índole.

Final­mente, se encuen­tra en el hom­bre una ter­cera pro­pia suya, fruto de su natu­ra­leza pecu­liar, racio­nal, espe­cí­fica, hacia un bien más pecu­liar y con­creto: El cono­ci­miento de las ver­da­des divi­nas; la con­vi­ven­cia social. Equi­va­lente a este orden de incli­na­cio­nes natu­ra­les, serán pre­cep­tos de la ley natu­ral aque­llos que pros­cri­ben la igno­ran­cia y recri­mi­nan las injus­ti­cias socia­les, que­bran­ta­do­ras de la paz ciu­da­dana, etc.” (Suma Teol. I. II, q. 94, a. 2).-
La ley dic­tada por el legis­la­dor en la socie­dad polí­tica no puede igno­rar estos enun­cia­dos que expli­ci­tan la con­di­ción humana, en el marco del Orden creado.-

Toda ley que pres­cinda de con­si­de­rar al sujeto des­ti­na­ta­rio del pre­cepto, esto es la Per­sona Humana, en tal carác­ter, es ile­gí­tima y por tanto debe ser con­si­de­rada invá­lida lo que habi­lita a la resis­ten­cia pasiva legal o a la desobe­dien­cia. Aca­tarla con­fi­gu­ra­ría un acto ilícito.-

Dice Enri­que Collin. Manual de Filo­so­fía Tomista. Tomo II. Pág. 218: “La ley civil…. Para ser legí­tima no basta, pues, que exprese la volun­tad del jefe o de la mayo­ría de los ciu­da­da­nos; es pre­ciso que, siendo con­forme a la ley natu­ral, con­duzca ver­da­de­ra­mente a la pros­pe­ri­dad común”.-

Así enton­ces el bien común es el que debe per­se­guir la recí­proca per­fec­ción, del hom­bre por la comu­ni­dad y de la comu­ni­dad por el hom­bre, afir­mán­dose enton­ces que el bien común pre­va­lece sobre el sin­gu­lar, en tanto este último es garan­ti­zado al obte­nerse aquél. Es la apli­ca­ción sen­ci­lla de los pre­su­pues­tos de la jus­ti­cia distributiva.-

En estos tiem­pos en los que se ha cues­tio­nado el dere­cho a la vida, negán­do­selo a los niños peque­ños por el solo hecho de vivir en el seno materno, se torna fun­da­men­tal expli­ci­tar que este dere­cho surge, para la Per­sona Humana (que lo es, sin nin­guna limi­ta­ción, el niño no nacido), de su con­di­ción de tal; pues el tiempo que tenga asig­nado para tran­si­tar el mundo es aquél nece­sa­rio a su pro­pia per­fec­ción en orden a con­se­guir su último fin natu­ral, pre­su­puesto de aquél sobre­na­tu­ral. Y tam­bién a per­mi­tir la obten­ción de la per­fec­ción de su pró­jimo, junto al cual se inte­gra en socie­dad satis­fa­ciendo así la con­di­ción natu­ral que le com­pele a ello como requi­sito indis­pen­sa­ble para tal incre­mento óntico.-

Hubo épocas en que se dis­tin­guió entre vida humana y per­sona humana. Esto per­mi­tió jus­ti­fi­car la eli­mi­na­ción de los peque­ños, débi­les o enfer­mos que no reunían los requi­si­tos físi­cos nece­sa­rios para ser­vir a la comu­ni­dad, los que eran aban­do­na­dos, para su muerte, en los mon­tes Tai­geto, en el Pelo­po­neso griego. Tam­bién se admi­tió, con tal pre­su­puesto, la escla­vi­tud, con­si­de­rando que había hom­bres que no mere­cían otra cali­fi­ca­ción que el de mero cuerpo mate­rial des­ti­nado a ser­vir a sus due­ños. Hace unos años, quien se adju­di­caba la con­di­ción de titu­lar de un depar­ta­mento de espe­cia­li­dad jurí­dica de una Facul­tad de Dere­cho argen­tina, sos­tuvo exac­ta­mente la misma tesis. Los “pro­gre­sis­tas” de hoy tie­nen en qué fun­dar las pro­pues­tas de muerte y escHoy, cuando se pre­dica a gri­tos, con la his­te­ria pro­pia de la hipo­cre­sía, los dere­chos huma­nos, se quita, sin pudor alguno, el carác­ter ilí­cito al homi­ci­dio de una per­sona humana, a quien con solo la fuerza del capri­cho, resul­tado de la insen­sa­tez, se le niega tal carác­ter en aten­ción al breve tiempo de su desa­rro­llo y lugar en el que se encuen­tra. En esto con­siste, en defi­ni­tiva, la lla­mada “des­pe­na­li­za­ción del aborto”; que se tra­duce en otor­gar lici­tud a un acto homicida.-

Debe insis­tirse en que, la ley posi­tiva, por tanto, no puede igno­rar la ley natu­ral. Si lo hace deviene invá­lida y su ile­gi­ti­mi­dad con­se­cuente habi­lita a su no cum­pli­miento, resis­tiendo si fuera nece­sa­rio, las accio­nes que la pre­cep­tiva viciada imponga.-

Que­brar el dere­cho a la vida que asiste a todo ser humano por su con­di­ción de Per­sona, es abrir el camino para la eli­mi­na­ción de todo aquél que afecte los dic­ta­dos que –en un con­texto rela­ti­vista como el que vivi­mos– sean for­mu­la­dos por el “abso­luto” de turno. Por­que en eso con­siste el rela­ti­vismo: La nega­tiva del autén­tico Ser Nece­sa­rio, para sus­ti­tuirlo por el remedo que cons­ti­tuye el hom­bre que se ins­ti­tuye a sí mismo en una con­di­ción que su pro­pia dimen­sión rechaza.-

La ley posi­tiva, en esta mate­ria, no puede sino reco­no­cer lo que existe. El Código Civil Argen­tino, en su artículo 70 dis­pone que la exis­ten­cia de las per­so­nas comienza desde la con­cep­ción en el seno materno.-

El Dr. Gui­llermo A. Borda, en su obra “Tra­tado de Dere­cho Civil Argen­tino”, Tomo I, Parte Gene­ral. Pág. 228, señala: “(En las con­clu­sio­nes de Kelsen)….el divor­cio entre hom­bre y per­sona es claro y com­pleto. Tam­bién es claro el sofisma implí­cito en aquel razo­na­miento. En efecto, la per­sona no nace por­que el dere­cho obje­tivo le atri­buya capa­ci­dad para adqui­rir dere­chos y con­traer obli­ga­cio­nes, sino que le reco­noce esa capa­ci­dad por­que es per­sona. En otras pala­bras, la per­sona no es un pro­ducto del Dere­cho, no nace por obra y gra­cia del Estado; es el ‘hom­bre de carne y hueso, el que nace, sufre y muere –sobre todo muere– el que come y bebe y juega y duerme y piensa y quiere’. Aún en las ‘per­so­nas jurí­di­cas’ el des­ti­na­ta­rio último y ver­da­dero de los dere­chos y obli­ga­cio­nes es siem­pre el hom­bre por­que el dere­cho no se da sino entre hom­bres…. Por eso es que el Dere­cho, que no crea esas per­so­nas, tam­poco podría desconocerlas….”.-

Y por­que, como se fun­da­menta por el gran maes­tro Borda, en el dere­cho posi­tivo vigente de nues­tra socie­dad no se puede legis­lar con­tra la ley natu­ral o igno­rán­dola, le está vedado a la auto­ri­dad per­mi­tir que se atente con­tra dere­chos fun­da­men­ta­les que tiene la Per­sona Humana con­forme su natu­ra­leza, la que deviene del orden que le pre­cede y de cuyas regu­la­cio­nes no puede ser dis­pen­sada. En este sen­tido debe recor­darse que la ley natu­ral es inmu­ta­ble tanto desde el punto de vista intrín­seco como extrín­seco. Esto implica que nadie puede “…dis­pen­sar de la ley natu­ral, ya que es un reflejo de la ley eterna y se funda en la misma natu­ra­leza de las cosas tal como las conoce el enten­di­miento divino, en el que no cabe error ni con­tra­dic­ción” (Confr. Anto­nio Royo Marín. Ob. Cit. Pág. 132). Cabe agre­gar: Y como tal natu­ra­leza es refle­jada, a título de evi­den­cia, por la reali­dad que vivi­mos y a la que pertenecemos.-

Hace un tiempo, a raíz de la cues­tión plan­teada por la pre­ten­sión de matar a un niño con­ce­bido en el seno de una mujer supues­ta­mente vio­lada y con un deter­mi­nado grado de dis­mi­nu­ción men­tal, varios bri­llan­tes letra­dos argen­ti­nos, hon­rando su jura­mento, abor­da­ron la defensa del pequeño. Por esta vez, un niño toda­vía no nacido, no care­ció de quien abo­gara por sus dere­chos. Es loa­ble el esfuerzo que rea­li­za­ron los dis­tin­gui­dos cole­gas para defen­der el dere­cho a la vida del pequeño, en el marco del dere­cho posi­tivo argen­tino vigente. Así debe reco­no­cerse su esfuerzo, la exce­len­cia de sus tesis y la gene­ro­si­dad que sin dudas, Dios recompensará.-

Pero cierto es que tales actua­cio­nes no deben inter­pre­tarse como con­sin­tiendo una regu­la­ción ile­gí­tima –no lo han hecho expre­sa­mente los pro­fe­sio­na­les seña­la­dos– ni ellas impli­can admi­tir even­tua­les futu­ras manio­bras que pudie­sen plan­tearse desde los pode­res del Estado, con la modi­fi­ca­ción de pre­cep­tos posi­ti­vos, en orden a pro­fun­di­zar el carác­ter abe­rrante que los define, en el marco de un nuevo orden nor­ma­tivo invá­lido por con­tra­rio a la ley natu­ral. Pro­puesta espe­ra­ble ante la anomia moral que pade­cen la mayo­ría de nues­tros legisladores.

En esta tarea diri­gida a ins­ta­lar un orden justo legal y natu­ral, debe tam­bién comen­zarse por deno­mi­nar las accio­nes típi­cas con la ter­mi­no­lo­gía expre­siva de su real natu­ra­leza. La pala­bra aborto designa la inte­rrup­ción del pro­ceso de cre­ci­miento de un niño en el seno materno, en el que se encuen­tra viviendo cum­pliendo eta­pas pre­vis­tas por el orden natu­ral. Cuando de ello se trata — y no hay via­bi­li­dad — dicha inte­rrup­ción sig­ni­fica la muerte del niño. No existe inge­nui­dad ter­mi­no­ló­gica, sino per­ver­si­dad en lo con­cep­tual, por cuanto igual­mente podría pre­di­carse este con­cepto del homi­ci­dio de una per­sona de mayor edad, lla­mán­dole a ello: “inte­rrup­ción del pro­ceso bio­ló­gico de su vida”. Qui­tar la vida al niño toda­vía no nacido –y que por tanto no ha pasado a otra etapa de su nor­mal desa­rro­llo– debe lla­marse  homi­ci­dio de un infante o infan­ti­ci­dio; figura típica a la que debe­ría agre­gár­sele la ale­vo­sía, que con­siste en matar a una per­sona que se encuen­tra en total estado de indefensión.-

Debe­mos con­ve­nir que los tér­mi­nos en que las auto­ri­da­des que dicen gober­nar­nos, han plan­teado cues­tio­nes fun­da­men­ta­les como las que hacen al res­peto y defensa de la vida humana, sig­ni­fi­can some­ter las mis­mas a los reque­ri­mien­tos del egoísta inte­rés par­ti­cu­lar o a exi­gen­cias euge­né­si­cas, que son aque­llas que solo per­mi­ten que vivan los per­fec­tos debiendo, enton­ces, morir los débi­les, las per­so­nas con sín­drome de Down, los que han que­dado dis­mi­nui­dos por acci­den­tes o enfer­me­da­des o, sen­ci­lla­mente, quie­nes,  por su edad, ya no son lo sufi­cien­te­mente útiles para mere­cer que la socie­dad los con­tenga. Esto se tra­duce en com­pro­bar la ins­ta­la­ción de los pre­su­pues­tos lími­tes de la diso­lu­ción social — por la des­hu­ma­ni­za­ción de la comu­ni­dad– a manos de quie­nes –con inde­pen­den­cia de toda obje­ti­vi­dad– se han de cons­ti­tuir en los líde­res que usa­rán de quie­nes serán los obje­tos de la nueva socie­dad pro­me­tida en los años Setenta, y que hoy parece enca­mi­nada a su concrec

Es pru­dente, por último, des­ta­car que lo reli­gioso, lejos de con­cul­car el orden natu­ral, lo afirma mediante la ilu­mi­na­ción pro­pia del cono­ci­miento mís­tico, que es la aprehen­sión de la ver­dad reve­lada. No des­ca­li­fi­can quie­nes, sin éxito, por­que care­cen de los argu­men­tos que lo per­mi­ti­rían, inten­tan impug­nar solo seña­lando a quie­nes defen­de­mos la dig­ni­dad humana, como hom­bres de fe. Debe recor­dár­se­les para­fra­seando a Ches­ter­ton que: “Para entrar a la Igle­sia sólo debe­mos sacar­nos el som­brero y no la cabeza”.-

Por lo demás en esta mate­ria debe tenerse pre­sente el “Credo ut Inte­lle­gam” (Creo para enten­der). “Es decir, el hom­bre con la luz de la razón sabe reco­no­cer su camino, pero solo puede reco­rrer de forma libre, sin obs­tácu­los y hasta el final, si con un ánimo sin­cero, fija su bús­queda en el hori­zonte de la fe. La razón y la fe, por lo tanto, no se pue­den sepa­rar sin que se reduzca la posi­bi­li­dad del hom­bre de cono­cer de modo ade­cuado a sí mismo, al mundo y a Dios”. (Juan Pablo II. Carta Encí­clica “Fides et Ratio”. Edi­cio­nes Pau­li­nas. 4º Edi­ción. Pág. 29). Y, ade­más, el “Inte­llego ut Cre­dam” (Entiendo para creer) “Existe, pues, un camino que el hom­bre si quiere, puede reco­rrer; comienza con la capa­ci­dad de la razón de levan­tarse más allá de lo con­tin­gente para ir hacia lo infinito….El hom­bre, por su natu­ra­leza, busca la ver­dad. Esta bús­queda no está des­ti­nada solo a la con­quista de ver­da­des par­cia­les, fac­tua­les o cien­tí­fi­cas; no busca solo el ver­da­dero bien para cada una de sus deci­sio­nes. Su bús­queda tiende hacia una ver­dad ulte­rior que pueda expli­car el sen­tido de la vida; por eso es una bús­queda que no puede encon­trar solu­ción si no es en el abso­luto. Gra­cias a la capa­ci­dad del pen­sa­miento, el hom­bre puede encon­trar y reco­no­cer esta ver­dad…” (Juan Pablo II. Carta Encí­clica cit. Págs. 38 y 46/47).-

Cierto es que en esta tarea a la que esta­mos obli­ga­dos por así exi­girlo nues­tra pro­pia dig­ni­dad, y para defen­der la de nues­tro pró­jimo, debe­mos pro­pen­der a la exce­len­cia. En el camino hacia ella, sin embargo, no nos preo­cu­pe­mos “por las líneas cur­vas que poda­mos hacer, por­que con ellas Dios hace rec­tas. Arre­gle­mos noso­tros los medios, meros medios, y que El nos haga según el Fin, que es El” (Prof. Don­cel A. Menossi. De la pre­sen­ta­ción de la “Per­sona Humana”, ensayo del suscripto).-

En la ciu­dad de Rosa­rio, Pro­vin­cia de Santa Fe a los siete días del mes de Noviem­bre del año Dos mil nueve

Autor: Juan Carlos Grisolia

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Un comentario en “Ley Natural y Ley Positiva Humana”  

  1. 1 Mariela

    Muy bueno el artículo, es para leerlo con tiempo.
    Yo siem­pre sos­tengo que es mucho más “fácil” pre­di­car una solu­ción basada en lo rápido y barato que bus­car otras alter­na­ti­vas a los efec­tos de ten­der un puente sobre todo hacia aque­llas muje­res que estando solas y en situa­ción de desam­paro esten con­ci­biendo la vida en su vien­tre. Ello segu­ra­mente repre­sen­ta­ría para el estado asu­mir un número de polí­ti­cas y res­pon­sa­bi­li­da­des que (si bien son con­tem­pla­das en ins­tru­men­tos inter­na­cio­na­les, muchos de ellos con jerar­quía cons­ti­tu­cio­nal) son sin embargo igno­ra­dos en pos de un dis­curso que bajo el ropaje de un pseudo pro­gre­sismo en reali­dad encu­bre la igno­ran­cia gober­nante y la estu­pi­dez gene­ral, con­se­cuen­cia de lo cual somos prin­ci­pa­les víc­ti­mas las muje­res a quie­nes esta des­pro­tec­ción legal por lo menos nos niega posi­bi­li­da­des. Es como el mal chiste del acu­sado que pide de rodi­llas a su abo­gado defen­sor que no lo defienda más ! En vez de bre­gar por­que se res­pe­ten los dere­chos de la mujer, entre los cua­les se encuen­tra natu­ral­mente el de poder ser madre sin verse limi­tada por la situa­ción socio-económica, el pseudo pro­gre­sismo coarta ese dere­cho en la prác­tica, es decir si hoy la asis­ten­cia esta­tal es nula qué pasa­ría si se lega­li­zara el aborto ?
    Ade­más de con­tra­de­cir obvia­mente la ley natu­ral, creo que con el avance de las moder­nas tec­no­lo­gías que nos per­mi­ten con­tem­plar como en TV lo que sucede en pla­ne­tas dis­tan­tes y tam­bién en el inte­rior de un vien­tre materno casi desde la con­cep­ción NADIE con 2 dedos de frente puede negar que lo que mues­tra el filme El secreto (o el mila­gro) de la vida sea jus­ta­mente eso, un ser con VIDA, a par­tir de allí solo la mala fé puede sos­te­ner que el fruto del vien­tre de una mujer puede ser algo dis­tinto de una per­sona humana, eso está claro. Creo que fué Eins­tein el que dijo una vez que a medida que avan­zaba en sus inves­ti­ga­cio­nes de física sen­tía que se acer­caba cada vez más a Dios.
    Las moder­nas tec­no­lo­gías demues­tran “en cine­mas­cope” lo que todas las filo­so­fías y las reli­gio­nes sos­tie­nen desde anti­guo. Más allá de eso las únicas cosas que no tiene lími­ten son el uni­verso y la estu­pi­dez humana.

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